• Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: ELENA LILLO PASTOR
  • Nº Recurso: 242/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ORDINARIO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MARIA PILAR RAMIREZ BALBOTEO
  • Nº Recurso: 890/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: EUSEBIO REVILLA REVILLA
  • Nº Recurso: 15/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: recurso contencioso-administrativo ante esta Sala suplicando se dicte sentencia en la que se declare la nulidad, se anule, revoque o deje sin efecto el Expediente de Modificación Presupuestaria aprobado por el Ayuntamiento de Soria, en el particular atinente "mayores ingresos" del concepto presupuestario 55400 Aprovechamientos Agrícolas y Forestales, por importe de 600.000 euros. Se imputa al consistorio, que con ocasión de su tramitación se han obviado tramites fundamentales que se asimilan a una ausencia total del procedimiento legalmente establecido como el que antes de la aprobación definitiva se remitió el anuncio mediante oficio al BOP para la publicación de un acuerdo de aprobación definitiva que no existía porque no se había aprobado. Y que dicha modificación de crédito se ha basado en "mayores ingresos" que no están efectivamente recaudados. A la vista de los tramites verificados se comprueba que dicha modificación de crédito, ha sido aprobada de forma definitiva y publicada en el BOP dándose cumplimiento a los obligados tramites previstos para dicha modificación de crédito. En cuanto a lo segundo se estima el recurso, porque esos nuevos o mayores ingresos no van a obtenerse por el procedimiento legal de recaudación sino que procveden del aprovechamientos forestales a obtener mediante el correspondiente procedimiento de licitación que requiere de autorización previa y que pueda alargarse en el tiempo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santander
  • Ponente: RAFAEL LOSADA ARMADA
  • Nº Recurso: 62/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
  • Nº Recurso: 884/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurrente fue declarado en incapacidad permanente total para su profesión habitual, como consecuencia de una dolencia cardiaca, por aneurisma de aorta abdominal operado en noviembre de 2016, e infarto agudo de miocardio en tiempo indeterminado; calificada de cardiopatía isquémica, con obstrucción de dos vasos, y FEVI del 45%. La situación clínica del actor, en la actualidad, es semejante a la existente en 2017, momento en el que se reconoció el grado de incapacidad permanente total, si bien su fracción de eyección se ha reducido del 45% al 40%, pero en modo alguno imposibilita al actor para realizar cualquier trabajo retribuido, criterio compartido por la Sala. Su cuadro clínico le impide realizar concretas tareas del ámbito laboral (aquellas que precisen la realización de esfuerzos físicos, carga de pesos, deambulación continua, etc.), pero su estado general no le imposibilita para todo trabajo retribuido, especialmente las labores denominadas livianas o sedentarias. Esta es la trascendencia funcional indispensable para la calificación de la incapacidad permanente absoluta pretendida, porque así es inherente al carácter profesionalmente no selectivo de su concepto genérico, contenido en el art. 194.5 de la LGSS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: LUIS ALBERTO GOMEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 286/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la STJUE de 3 de marzo de 2022, asunto c-409/20 que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Girona
  • Ponente: SORAYA MARIA CALLEJO CARRION
  • Nº Recurso: 549/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Santander
  • Ponente: RAFAEL LOSADA ARMADA
  • Nº Recurso: 43/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: HUGO MANUEL ORTEGA MARTIN
  • Nº Recurso: 2847/2021
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
  • Nº Recurso: 849/2022
  • Fecha: 23/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se formuló demanda frente a la empleadora y la compañía aseguradora, reclamando una indemnización por los daños y perjuicios sufridos a consecuencia del accidente laboral acaecido el 30 de diciembre de 2019, consistente en una caída al bajar del camión. Considera la Sala que es lo cierto que el trabajador se cayó del camión al bajar del mismo; ahora bien, no ha quedado demostrado en la instancia ni tampoco en suplicación, que su pie se quedase enganchado con una cuerda que no debía estar situada en el lugar que ocupaba y cuya existencia no le fue previamente advertida. En definitiva, no se ha demostrado que la caída tuviese su origen en un enganchón, pues ni tan siquiera consta probada la existencia de la cuerda en el camión. Como acertadamente pone de manifiesto la sentencia recurrida, sin dicho dato, el simple hecho de que el actor sufriera una caída al bajar del camión es insuficiente para justificar la responsabilidad empresarial, al no haberse acreditado una culpa empresarial. Respecto a la primera alegación, la relativa a los genéricos incumplimientos en materia de formación e información preventiva, tampoco han resultado acreditados tras un análisis pormenorizado en la instancia de las diferentes pruebas documentales aportadas. Aun presumiendo, a los meros efectos dialécticos, la ausencia de formación del trabajador, el éxito de la acción indemnizatoria exigiría la acreditación del nexo causal entre aquella y el accidente laboral, ya que aquella no se presume.

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